De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:
a) Por Sentencia 26/2015 de 21 de agosto (fs. 519 a 546 vta.), el Tribunal Segundo de Sentencia de Yacuiba del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, declaró a Franz Eduardo García Salas, Ruddy Gerardo Flores Herrera y Roberto Kenny Rollano Velásquez, autores de la comisión del delito de Lesión seguida de Muerte, previsto por el art. 273 del CP, imponiendo la pena privativa de libertad de ocho años, más costas a favor del Estado y de la víctima; por otro lado, absolvió a Osmar Ramiro Ayaviri, Álvaro José Abuna Alarcón, Hans Cristian Ovando Carvajal, Jimmy Rolando Pardo Murillo, Carlos Osmar Miranda Arriaga, Jean Carlos Vásquez Ojopi, Wilson Quiroga Castillo y Jorge Castro Ureña, de los delitos endilgados en su contra.
b) Contra la mencionada Sentencia, los imputados Roberto Kenny Rollano y Ruddy Gerardo Flores (fs. 564 a 571 vta.); además, de Franz Eduardo García (fs. 573 a 584) y el acusador Andrés Poma Tola (fs. 585 a 592 vta.), interpusieron recursos de apelación restringida, resueltos por Auto de Vista 24/2016 de 4 de agosto, dictado por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, que declaró sin lugar los recursos planteados y confirmó la Sentencia apelada.
c) Por diligencias de 7 y 26 de octubre del 2016 (fs. 696 y 707), fueron notificados los recurrentes con el referido Auto de Vista; y, el 31 de octubre, 3 y 9 de noviembre del mismo año, interpusieron los recursos de casación que son objeto del presente análisis de admisibilidad
- Por memoriales presentados el 31 de octubre, 3 y 9 de noviembre de 2016, Franz
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- De los memoriales de los recursos de casación, se extraen los siguientes motivos
- El recurrente denuncia que en el numeral II
- II.2. Del recurso formulado por Ruddy Gerardo Flores Herrera y Roberto Kenny Rollano Velásquez
- Bajo dichos argumentos transcribiendo parcialmente las Sentencias Constitucionales 1401/2003-R de 26 de septiembre, 0546/2004-R de
- II.3 Del recurso interpuesto por Andrés Poma Tola
- El recurrente previa remembranza de los hechos que motivaron la acción penal, señala que el
- El art
- En este contexto, el art
- Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- IV. ANÁLISIS SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE DICHOS REQUISITOS
- En el caso de autos, se establece que el 7 de octubre de 2016, fue
- Por otro lado, el 26 de octubre de 2016, fueron notificados los recurrentes Franz Eduardo
- El recurrente alega que el Tribunal de apelación en el numeral II
- IV.2. Del recurso interpuesto por Ruddy Gerardo Flores Herrera y Roberto Kenny Rollano Velásquez
- En cuanto al cumplimiento de los demás requisitos de admisibilidad, los recurrentes a tiempo de
- Por otro lado, los recurrentes a tiempo de alegar la violación de derechos y garantías,
- Finalmente, conviene recordar a los recurrentes, que conforme a lo dispuesto por el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
