Por memorial presentado el 24 de octubre de 2016, cursante de fs
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 089/2017-RA
Sucre, 24 de enero de 2017
Expediente: Tarija 93/2016
Parte Acusadora : Ministerio Público y otro
Parte Imputada: Virgilio Durán
Delito : Violación
RESULTANDO
Por memorial presentado el 24 de octubre de 2016, cursante de fs. 377 a 388, Virgilio Durán, interpone recurso de casación, impugnando el Auto de Vista 102/2016 de 12 de octubre de fs. 372 a 376, pronunciado por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público a instancia de Eleodoro Condori contra el recurrente, por la presunta comisión del delito de Tentativa de Violación previsto y sancionado por el art. 308 con relación al 8 del Código Penal (CP)
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 089/2017-RA
Sucre, 24 de enero de 2017
Expediente: Tarija 93/2016
Parte Acusadora : Ministerio Público y otro
Parte Imputada: Virgilio Durán
Delito : Violación
RESULTANDO
Por memorial presentado el 24 de octubre de 2016, cursante de fs. 377 a 388, Virgilio Durán, interpone recurso de casación, impugnando el Auto de Vista 102/2016 de 12 de octubre de fs. 372 a 376, pronunciado por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público a instancia de Eleodoro Condori contra el recurrente, por la presunta comisión del delito de Tentativa de Violación previsto y sancionado por el art. 308 con relación al 8 del Código Penal (CP)
- Por memorial presentado el 24 de octubre de 2016, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Del recurso de casación interpuesto, se extraen los siguientes agravios
- 4) Arguye que el Tribunal de alzada no se pronunció con relación a la incorporación
- Previo a realizar una transcripción del Segundo Considerando del Auto de Vista impugnado, el recurrente
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Los datos estadísticos sobre el movimiento de causas penales en este Tribunal Supremo, demuestran la
- También precisó que este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- Ahora bien, en armonía con los criterios referidos, este Tribunal considera necesario precisar las siguientes
- De la revisión de antecedentes, se tiene que el presente recurso de casación fue presentado
- De lo resumido, es posible evidenciar que el recurrente, si bien en la primera parte
- En consecuencia, la falta de cumplimiento de los requisitos contemplados en los arts
- En consecuencia, habiéndose cumplido con la carga argumentativa mínima para la verificación de contradicción por
- De lo explicado, se denota que el recurrente cumplió con la carga argumentativa suficiente que
- Finalmente cabe aclarar que con referencia a las SSCC 1648/2011 de 21 de octubre, 2056/2010
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
