Auto Supremo AS/0093/2017-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0093/2017-RRC

Fecha: 24-Ene-2017

Asimismo, consideran que la conducta de los acusados es dolosa, porque actuaron con conocimiento y


Que por la prueba testifical producida del escenario de los hechos, las circunstancias y su participación, confirman la presencia de Félix Pusarico Colque y Paulina Aruquipa Choque en el lugar y si bien la defensa técnica sostiene que no se ha individualizado su participación, al tratarse de un grupo de personas, de la valoración de las pruebas afirman que se demuestra su participación directa e individualizada estableciéndose su autoría conjunta o autoría funcional explicada en la teoría del dominio del hecho incorporada en nuestra legislación como coautoría; no obstante, no se comprobó que se encontraban en poder del gas pimienta y revolver o fusil que por la explicación de los médicos forenses las lesiones de las víctimas, corresponden a objetos contundentes duros como piedras, concluyendo el tribunal a quo con la comprobación de los aspectos facticos con el establecimiento del escenario de los hechos, su autoría y participación.

Asimismo, consideran que la conducta de los acusados es dolosa, porque actuaron con conocimiento y voluntad de provocar un enfrentamiento desigual para golpear, torturar y humillar personalmente a Samuel Flores Aruquipa con un impedimento de cuarenta y cinco días por las lesiones causadas, que en el caso concreto se establece el dolo porque existía la intencionalidad antes de los hechos, por la conducta asumida de los acusados que niegan la comisión pretendiendo ser las víctimas, cuando tenían la capacidad de comprender que su conducta no era correcta y sus motivos sobre tierras no podían ser solucionados de esa manera en vulneración del bien jurídico protegido como es la integridad corporal y la salud, subsumiéndose a los elementos constitutivos del tipo penal de lesiones graves y leves, resultando ser punible al no concurrir ninguna excusa absolutoria