Auto Supremo AS/0290/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0290/2017

Fecha: 20-Oct-2017

Menciona sobre la designación de un abogado de oficio, que éste no hubiera tomado contacto

Menciona sobre la designación de un abogado de oficio, que éste no hubiera tomado contacto nunca con el indebidamente procesado Jaime Domingo, ni menos con el supuesto verdadero representante legal Ricardo Javier. Al respecto señala que el defensor de oficio es un profesional abogado nuevo, nombrado por la juez A quo cuando el demandado no se apersona y no contesta la demanda. Afirma que este profesional interviene del proceso y dice que tratará de hacer conocer a los demandados la existencia del proceso, pero estos señores no tienen sueldo, no tiene recursos económicos para hacer el trabajo que los demandados no hicieron, señala que no se puede culpar a otro de los actos que los que están llamados a hacerlo no lo hicieron, por negligencia o por que no quisieron hacerlo