Auto Supremo AS/0291-1/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0291-1/2017

Fecha: 20-Oct-2017

- Del salario o sueldo indemnizable

I.3. Con relación al Recurso de Casación.-
Ambos sujetos procesales, la parte actora, como demandada, contra la decisión asumida por el Tribunal de Alzada, interpusieron Recursos de Casación, los cuales procedemos a desarrollar en forma resumida a continuación:
1. Juan Solíz Basma, mediante escrito de fs. 446 a 449, acusó los siguientes agravios
- Del salario o sueldo indemnizable.- El Juez señaló en los hechos comprobados que, “En cuanto a la remuneración mensual se tiene que el demandante percibía la suma de $us1.800.- conforme recibos de pago…” Así mismo se debe tomar en cuenta que este monto no incluye el Bono de Antigüedad”, continua diciendo, “Derecho a Bono de Antigüedad, conforme se evidencia en el trámite del proceso se tiene como hecho comprobado que el Consulado General de la República del Brasil en Santa Cruz, no ha desvirtuado el pago del Bono de Antigüedad; correspondiendo el pago por las gestiones…”. Con esta determinación el Juez está incumpliendo lo determinado en el Decreto Supremo Nº 1592 de 19 de abril de 1949 en su art. 11, por lo que el Juez, admite y reconoce el pago del Bono de Antigüedad pero no lo hace contemplar con relación al promedio indemnizable, por lo que le causa un grave perjuicio a su persona