Auto Supremo AS/0291-1/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0291-1/2017

Fecha: 20-Oct-2017

Juan Solíz Basma, en su escrito de fs

Juan Solíz Basma, en su escrito de fs. 12 a 15, desarrolló los siguientes antecedentes: a) el 2 de enero de 2000, inicia una relación laboral con el Consulado General de la República del Brasil, por el cual prestaría sus servicios de asesoramiento jurídico, para asumir defensa en los diferentes procesos penales que tuvieran los ciudadanos de nacionalidad brasileña que se encuentren purgando penas de presidio, reclusión o detenidos preventivamente en el penal de Palmasola, siempre que sean asignados o encomendados por el Consulado; b) el 14 de diciembre de 2000, se le hace firmar un contrato de prestación de servicios profesionales, bajo la modalidad de contrato civil, desde ese momento regiría la relación con el Consulado, ya así sucesivamente le hicieron firmar diferentes contratos; c) el 18 de diciembre de 2013, mediante carta del Consulado, se le informa que su contrato se extiende hasta el 31 de enero de 2014; y, d) una vez vencido el plazo de ampliación del contrato, solicitó la modificación del contrato ya que le aumentaron la carga de trabajo, por lo que solicitó el incremento salarial en proporción a la carga laboral, solicitud que fue rechazada y por tal motivo fue despedido sin justa causa