Auto Supremo AS/0771/2017-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0771/2017-RRC

Fecha: 05-Oct-2017

se advierte que lo manifestado por el impetrante no se ajusta a la realidad que


Al respecto, corresponde verificar si lo denunciado por el recurrente es evidente o no; en este caso, la denuncia de que el Auto de Vista pese a que admitió su recurso de apelación restringida no resolvió en el fondo la denuncia de errónea aplicación del art. 298 del CP; con relación a lo referido, previa remisión a los argumentos de la resolución del Tribunal de alzada se advierte que en dicha resolución evidentemente se ingresó a realizar una argumentación de fondo, con relación a la aplicación del art. 298 del CP, al sostener el Tribunal de alzada que el art. 25 de la CPE consagra la inviolabilidad de domicilio, y con relación al art. 298 del CP y en base a jurisprudencia y doctrina, explicó que los hechos concretados en la Sentencia y la descripción del tipo penal, develan que él ingreso a una casa ajena y destrozó parte de la puerta, configurando un ingreso arbitrario a un domicilio ajeno, tal como exige la norma penal; en consecuencia, advirtió que concurrían los elementos constitutivos del tipo penal de Allanamiento de Domicilio o sus dependencias. Además, se observa que realizó una relación de los elementos que constituyen el delito de Allanamiento de Domicilio o sus Dependencias, puntualizando tanto el hecho como la mención de los elementos que se constituyeron en la comisión de dicho delito; en consecuencia, se advierte que el Auto de Vista realizó argumentaciones de fondo que hacen a la resolución de todas las denuncias planteadas por el recurrente relacionadas a la aplicación del art. 298 del CP; en consecuencia,


se advierte que lo manifestado por el impetrante no se ajusta a la realidad que emerge de los antecedentes del proceso