Auto Supremo AS/0780/2017-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0780/2017-RRC

Fecha: 05-Oct-2017

Advirtiéndose con base a estos antecedentes, que evidentemente el Tribunal de apelación, incurrió en falta


Advirtiéndose con base a estos antecedentes, que evidentemente el Tribunal de apelación, incurrió en falta de fundamentación; puesto que, el defecto en la identificación debida de los fundamentos que sustentaron los agravios denunciados por la parte apelante, determinó que el Tribunal de alzada, emita una resolución con argumentos generales e imprecisos, sin responder a los fundamentos expuestos por el Consejo de la Magistratura, referidos a la denuncia de supuesta falta de fundamentación en la Sentencia -inc. 5) del art. 370 del CPP- respecto al tipo penal de Extorsión, previsto por el art. 333 del CP; pues el Tribunal de alzada, no explicó por qué el hecho de que el Tribunal de mérito, hubiera descrito los elementos del tipo penal de Extorsión, señalando que uno de ellos es constreñir a una persona a hacer, tolerar que se haga o deje de hacer alguna cosa, para posteriormente alegar que el temor en la víctima era reverencial a la función del acusado, lo cual no era invencible y habría quedado comprobado con la denuncia de dicha acción ante el representante del Consejo de la Magistratura, por lo cual no concurriría el elemento de la amenaza grave y la cualidad de ser un delito de corrupción, no sería una fundamentación contradictoria, conforme lo alegado en la apelación