Auto Supremo AS/0780/2017-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0780/2017-RRC

Fecha: 05-Oct-2017

Posteriormente, resolvió los agravios referidos, en los puntos III




Posteriormente, resolvió los agravios referidos, en los puntos III.1.1, III.2 y III.2.1, argumentando que la carga de la prueba corresponde a la parte acusadora, quien debe demostrar la concurrencia de todos los elementos del delito acusado; respecto al tipo penal previsto por el art. 333 del CP, señaló que el mismo no es de corrupción, conforme lo previsto por los arts. 25 y 34 de la Ley Marcelo Quiroga Santa Cruz; tampoco, existiría fundamentación contradictoria en cuanto al tipo penal mencionado, al no corresponder a delitos de corrupción y que la parte acusadora no había demostrado la concurrencia de los elementos del mencionado tipo penal