Auto Supremo AS/0813/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0813/2017

Fecha: 26-Oct-2017

Ingresando al análisis del caso de autos, es posible evidenciar que la excepcionista Ninoska Jhovanka


III.3. Análisis del caso concreto.

Ingresando al análisis del caso de autos, es posible evidenciar que la excepcionista Ninoska Jhovanka Toro Espada, a fin de fundamentar su pretensión de extinción de acción penal por prescripción, enfatiza que desde la presunta comisión del delito endilgado de Estafa, estableciendo como fecha de inicio del proceso, la media noche de la presunta comisión del ilícito, que llegaría ser la fecha de suscripción del contrato celebrado por su persona con el acusador particular para el transporte de dos vehículos, esto es el 10 de diciembre de 2011 y hasta la fecha de presentación de la solicitud de extinción de la acción penal por prescripción, 26 de junio de 2017, hubieran transcurrido cinco años, seis meses y dieciséis días; en consecuencia, en aplicación de lo previsto por el art. 29 inc. 2) del CPP, solicita la prescripción de la acción penal por prescripción de la acción