En relación a la falta de fundamentación, concluye que la sentencia carece de motivación y
En relación a la falta de fundamentación, concluye que la sentencia carece de motivación y fundamentación legal y jurídica, indicando que los justiciables tienen el derecho de conocer las razones y motivos del porqué el juzgador, asume tal o cual determinación y que el Juez siendo un tercer imparcial, no puede tomar en cuenta solamente los aspectos que beneficien al acusado; sino también, debe velar por los derechos de las víctimas, en observancia del principio de igualdad, que en el caso de autos observa que la Sentencia no contiene una fundamentación jurídica, no tiene un orden cronológico de fácil comprensión para los sujetos procesales, no expresa los hechos probados y los hechos no probados y con qué elementos probatorios llega a dicha determinación, situación que se constituye en un defecto absoluto no susceptible de convalidación, concluyendo por lo tanto que en el caso concurre el defecto de Sentencia, previsto en el art. 370 inc. 5) del CPP
- Por memorial presentado el 6 de marzo de 2017, cursante de fs
- I.1. Antecedentes
- b) Contra la mencionada Sentencia, Irene Arcani Mencia (fs
- El recurrente denuncia que el Auto de Vista recurrido, anuló la Sentencia y mandó a
- I.1.2. Petitorio
- I.2. Admisión del recurso
- Mediante Auto Supremo 434/2017-RA de 9 de junio, cursante de fs
- De la atenta revisión de los antecedentes venidos en casación, se tiene lo siguiente
- Arcani indicó que conoce al imputado y le consta que su abuelito (padre de la
- En cuanto, a la prueba literal más relevante ofrecida y producida por las partes, se
- II.2. De la apelación restringida
- Notificada la acusadora particular con la sentencia absolutoria, interpuso recurso de apelación restringida arguyendo que
- II.3. Del Auto de Vista impugnado
- La Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, emitió el Auto
- En relación a la falta de fundamentación, concluye que la sentencia carece de motivación y
- III.1. Requisitos que debe cumplir el precedente contradictorio
- Siendo el recurso de casación un mecanismo que busca otorgar a los ciudadanos la posibilidad
- De lo anterior, se establece que únicamente son recurribles en casación, aquellos Autos de Vista
- Refiriéndose a la labor de contraste que debe realizar este Tribunal, el Auto Supremo 219/2014-RRC
- En el caso que este Tribunal llegue a determinar la existencia de la contradicción señalada
- Bajo esa línea, la legislación nacional dentro del tercer párrafo del art
- De ello se concluye que el requisito de invocar un precedente contradictorio dentro del sistema
- III.2. Análisis del hecho concreto
- limitándose su labor a realizar el control de la valoración de la prueba efectuada por
- ut supra; consiguientemente, se observa que la Resolución recurrida de casación, lejos de incurrir en
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
