Con relación al primer motivo, en el que refiere que el Auto de Vista emitido
IV. ANÁLISIS SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE DICHOS REQUISITOS
Conforme a lo normado en el art. 417 del CPP, el plazo máximo para la interposición del recurso de casación es de cinco días, verificándose en el presente caso que la parte recurrente fue notificada con el Auto de Vista impugnado el 17 de julio de 2017, interponiendo su recurso el 19 del mismo mes y año, extremo que evidencia que dicho medio de impugnación se planteó dentro del plazo legal; por lo tanto, corresponde verificar a continuación el cumplimiento de los demás requisitos.
Con relación al primer motivo, en el que refiere que el Auto de Vista emitido en su primer considerando si bien hace mención a la falta de rendición de cuentas, la falta de presentación de los descargos, concluyendo que dicha resolución carece de fundamento jurídico porque no tuvo en cuenta la correcta aplicación de los arts. 112 de la CPE y 142 del CP
- Por memorial presentado el 19 de julio de 2017, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b)Contra la mencionada Sentencia, los apoderados del Gobierno Autónomo Departamental de Pando (fs
- c)Por diligencia de 17 de julio de 2017 (fs
- II. DE LOS MOTIVOS DEL RECURSO DE CASACIÓN
- De la revisión del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
- 3)Refiere que se observó respecto de la aplicación del art
- 4)El Auto de Vista impugnado que declaró improcedente la apelación restringida planteada y confirmó la
- El art
- En este contexto, el art
- Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación
- Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- proveer los antecedentes de hecho generadores del recurso; b) precisar el derecho o garantía constitucional
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- Con relación al primer motivo, en el que refiere que el Auto de Vista emitido
- Al igual que en el caso anterior la parte recurrente no invocó precedente contradictorio alguno,
- Respecto del tercer motivo, en el que refiere que se observó la aplicación del art
- Con relación a estos motivos, la parte recurrente no invocó precedente contradictorio alguno incumpliendo con
- Con relación al quinto motivo, la parte recurrente expresa que cuentan con el derecho de
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
