Respecto del tercer motivo, en el que refiere que se observó la aplicación del art
Respecto del tercer motivo, en el que refiere que se observó la aplicación del art. 173 del CPP, a la que el Auto de Vista respondió con carencia de fundamentación y motivación; aspecto en el que también hubiera incurrido la Sentencia; resoluciones que no tuvieron en cuenta que el presente caso emerge de un delito de corrupción que atenta contra el patrimonio del Estado y que no se consideró la disidencia de la Sentencia; y del cuarto motivo, en el que refiere que el Auto de Vista impugnado al declarar improcedente la apelación restringida planteada y al confirmar la Sentencia no dice nada con relación al delito de Peculado; por lo que el Tribunal de alzada respecto de dicho delito incumple los arts. 124 del CPP, 112 de la CPE, 47 de la Ley 1178, 32 del DS 29190, 85 del DS 181; los Decretos Supremos 24050 de 29 de junio de 1996 y 23318-A
- Por memorial presentado el 19 de julio de 2017, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b)Contra la mencionada Sentencia, los apoderados del Gobierno Autónomo Departamental de Pando (fs
- c)Por diligencia de 17 de julio de 2017 (fs
- II. DE LOS MOTIVOS DEL RECURSO DE CASACIÓN
- De la revisión del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
- 3)Refiere que se observó respecto de la aplicación del art
- 4)El Auto de Vista impugnado que declaró improcedente la apelación restringida planteada y confirmó la
- El art
- En este contexto, el art
- Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación
- Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- proveer los antecedentes de hecho generadores del recurso; b) precisar el derecho o garantía constitucional
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- Con relación al primer motivo, en el que refiere que el Auto de Vista emitido
- Al igual que en el caso anterior la parte recurrente no invocó precedente contradictorio alguno,
- Respecto del tercer motivo, en el que refiere que se observó la aplicación del art
- Con relación a estos motivos, la parte recurrente no invocó precedente contradictorio alguno incumpliendo con
- Con relación al quinto motivo, la parte recurrente expresa que cuentan con el derecho de
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
