En el caso de autos se tiene que el 18 de mayo de 2016 los
V. ANÁLISIS SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE DICHOS REQUISITOS
En el caso de autos se tiene que el 18 de mayo de 2016 los imputados Norberto Rojas Carrillo, Ofilio Guarachi Huanca y Carmen Rosa Quispe Ticona (fs. 4286 y vta.) fueron notificados con el Auto de Vista, habiendo presentado su recurso de casación los dos últimos imputados en fecha 25 de mayo de 2.016, y el primero en fecha 23 de junio de la misma gestión, por haber presentado una petición de complementación al Auto de Vista en fecha 19 de mayo de 2.016 que fue resuelta mediante Auto de 27 del mismo mes y año, siendo notificado con esta última decisión en fecha 16 de junio de 2.016 (fs. 4.287), estando cumplido en cuanto al plazo de su presentación que describe el art. 417 del CPP, por lo que corresponde verificar el cumplimiento de los demás requisitos de admisibilidad
En el caso de autos se tiene que el 18 de mayo de 2016 los imputados Norberto Rojas Carrillo, Ofilio Guarachi Huanca y Carmen Rosa Quispe Ticona (fs. 4286 y vta.) fueron notificados con el Auto de Vista, habiendo presentado su recurso de casación los dos últimos imputados en fecha 25 de mayo de 2.016, y el primero en fecha 23 de junio de la misma gestión, por haber presentado una petición de complementación al Auto de Vista en fecha 19 de mayo de 2.016 que fue resuelta mediante Auto de 27 del mismo mes y año, siendo notificado con esta última decisión en fecha 16 de junio de 2.016 (fs. 4.287), estando cumplido en cuanto al plazo de su presentación que describe el art. 417 del CPP, por lo que corresponde verificar el cumplimiento de los demás requisitos de admisibilidad
- Por memoriales presentado el 25 de mayo y 23 de junio de 2016, cursante de
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- En el desarrollo del proceso también se ha pronunciado las Resoluciones N° 202/2011 (fs
- b)Contra la mencionada Sentencia, los imputados Ofilio Guarachi Huanca, Carmen Rosa Quispe Ticona y Norberto
- c)El 18 de mayo de 2016 fueron notificados los imputados Norberto Rojas Carrillo, Ofilio Guarachi
- Al existir similitud en los recursos planteados se pasa a considerar la misma en el
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- Por lo expuesto solicita que la considerar el recurso se deje sin efecto el Auto
- El art
- razones de seguridad jurídica y respecto al derecho a la igualdad, de forma que todo
- Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
- El precepto legal contenido en el citado art
- Los datos estadísticos sobre el movimiento de causas penales en este Tribunal Supremo, demuestran la
- En primer término cabe recordar que, este Tribunal de manera uniforme y reiterada, ha establecido
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- Ahora bien, en armonía con los criterios referidos, este Tribunal considera necesario precisar las siguientes
- En el caso de autos se tiene que el 18 de mayo de 2016 los
- Respecto al primer punto en el inciso a) describe contradicción e incongruencia, entre la parte
- 2) En cuanto a la acusación de que el Auto de Vista sea arbitrario, agraviante,
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
