Tribunal Supremo de Justicia Bolivia Auto Supremo AS/1052/2017
Fecha: 05-Oct-2017
Distrito: Tarija
Distrito: Tarija
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Expediente: T – 53 – 16 – S
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Distrito: Tarija
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I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
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Apelada la resolución de primera instancia se pronuncia el Auto de Vista de fs
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II. CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACIÓN
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Describe que las acusaciones formuladas en el recurso son de: 1) nulidad por no ser
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Finalmente acusa que al momento resolver no se ha utilizado la sana crítica, no describe
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Acusa error de hecho en la apreciación de la prueba testifical y confesión, y error
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Acusa que el Juez no determina el inicio de la posesión, y transcribe la conclusión
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Refiere haber cumplido con todos los requisitos del mejor derecho de reivindicación, acusando vulneración del
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Por lo expuesto solicita anular el proceso hasta fs
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De la contestación al recuso de fs. 668 a 672
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Refiere que es una transcripción descontextualizada del Auto de Vista, la notificación se ha
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En cuanto al fondo, describe que todas las citas son referidas a la Sentencia, la
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Los principios que rigen las nulidades procesales fueron desarrollados en distintos fallos, ente ellos
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Principio de Trascendencia
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Principio de Convalidación
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Principio de preclusión
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De dichos principios y concordante con lo desarrollado en el anterior numeral, se deduce que
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En el Auto Supremo Nº 625/2017 de 14 de junio, este Tribunal ha desarrollado lo
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En este entendido, se ha orientado a través del Auto Supremo Nº 304/2016 que, citando
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En este antecedente, el Tribunal de casación a momento de realizar el análisis sobre los
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IV. FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
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Al margen del criterio del Tribunal de alzada, se pasa a analizar el contenido del
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Sobre el vicio de la notificación, se describe que la misma ha sido practicada en
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En relación, al vicio de incongruencia omisiva, la demandada no expone su postura, sin embargo
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Por lo manifestado, corresponde emitir fallo conforme a lo previsto en el art
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POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
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Sin responsabilidad por ser excusable el error incurrido
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De conformidad a lo previsto en el art
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Regístrese, comuníquese y devuélvase
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Relator: Dr. Rómulo Calle Mamani.
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