Auto Supremo AS/1060/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1060/2017

Fecha: 05-Oct-2017

Recurso que mereció el Auto de Vista de fecha 06 de septiembre de 2016 de

3.- En ejecución de Sentencia se dispone el registro del derecho reconocido en el Registro de Derechos Reales para lo que se librará la correspondiente ejecutorial de ley, así como al desglose de la documental adjunta por las partes litigantes….”
Resolución de primera instancia que fue recurrida de apelación por la parte demandada por medio de su apoderado de fs. 286 a 288.
Recurso que mereció el Auto de Vista de fecha 06 de septiembre de 2016 de fs. 212 a 213 vta., por el cual CONFIRMA la Sentencia, disposición que es asumida bajo el siguiente fundamento: “… asimismo, la demandada Eugenia Justiniano Pinto, manifestó como otro agravio, que el Juez A quo no valora la prueba de descargo, consistente en comprobantes de pago de impuestos, documentos de Setar por energía eléctrica y certificado de la OTB que acredita que vive en el terreno, empero, estos documentos solo acreditan actos de dominio, y que no son suficientes para acreditar que la demandada tiene la posesión mas antigua, como tampoco, la prueba testifical de descargo desvirtúa los actos posesorios de la demandante ni acredita que la demandada apelante tenga la posesión más antigua ya sea en todo o en parte del bien inmueble objeto de usucapión, lo que ha sido correctamente valorada por el Juez A quo, al sostener que el hecho de haber instalado los servicios básicos no implica que tiene la posesión del bien inmueble, puesto que ocurre muchos casos que por los vínculos familiares, en este caso como solo es la señora Eugenia Justiniano Pinto que en calidad de hija vive en el inmueble, sino también viven otras hijas y familiares de la demandante principal SHARA PINTO CARPIO