Auto Supremo AS/0131/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0131/2017

Fecha: 30-Nov-2017

En ese sentido, señala que, al no ser evidente la existencia de hechos nuevos


En ese sentido, señala que, al no ser evidente la existencia de hechos nuevos o preexistentes o nuevos elementos de prueba que demuestren con suficiente certeza y plena convicción de que el hecho no fue cometido o que el condenado no fue su autor o su partícipe o una Ley Penal más benigna en el presente caso, es que el Ministerio Público en defensa de la legalidad y los intereses generales de la Sociedad, conforme el art. 225 de la Constitución Política del Estado (CPE), requiere que la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, rechace el recurso de revisión de sentencia interpuesto por José Luis Calvi Heredia