Auto Supremo AS/0131/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0131/2017

Fecha: 30-Nov-2017

Así también, el art


Así también, el art. 423 del CPP prevé, que el recurso de revisión de una sentencia condenatoria ejecutoriada debe interponerse acompañando la prueba correspondiente y contendrá la concreta referencia de los motivos en que se funda y las disposiciones legales aplicables. En el presente caso, el impetrante ampara su pretensión en las causales establecidas en el numerales 1 y 4 incs. a), b) y c) del CPP (las negrillas son nuestras)