Auto Supremo AS/0901/2017-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0901/2017-RRC

Fecha: 14-Nov-2017

De lo relacionado, es posible establecer que el Tribunal de alzada en ningún momento incurrió


De lo relacionado, es posible establecer que el Tribunal de alzada en ningún momento incurrió en incongruencia omisiva, puesto que dio respuesta a todos los agravios denunciados por la parte recurrente, en cuanto a la falta de enunciación del hecho objeto del juicio y su determinación circunstanciada, refirió que el Tribunal de Sentencia había determinado claramente los hechos en torno a los cuáles se desarrollaría el juicio oral, así como realizó una relación circunstanciada cabal, incluyendo cuál es la conducta a penalizar; como es, la violación de una adolescente que quedó embarazada, asimismo se señaló que se enunció correctamente el hecho, la identidad de la víctima, la relación circunstanciada del hecho ocurrido el 11 de febrero de 2015, identificando al responsable y se tiene como consecuencia del delito, el embarazo de la víctima, sobre la entrevista preliminar a la que se hubiera dado fe probatoria pese a no tener la calidad de un una pericia psicológica, se respondió en sentido que a tiempo se su introducción al juicio no se observó la misma y menos se planteó incidente de exclusión probatoria alguno, por lo tanto, tampoco se impugnó alguna determinación que le hubiera sido desfavorable