Auto Supremo AS/0901/2017-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0901/2017-RRC

Fecha: 14-Nov-2017

Finalmente, en lo que respecta a la falta de una firma en la Sentencia, igualmente


Con relación a la supuesta errónea o equívoca valoración probatoria denunciada, igualmente se otorgó una respuesta debidamente fundamentada, explicando coherentemente, que la logicidad del Tribunal de Sentencia a tiempo de la valoración probatoria fue correcta, explicando las razones que le llevaron a asumir una determinada decisión, excluyendo cualquier posibilidad de nulidad de la Sentencia; entre tales argumentos, se refirió a lo expresamente reclamado, como es la validez del testimonio de la menor, como de su padre, pues éste último, aun cuando no fuera testigo directo y ocular; sin embargo, ello no lo excluye de la posibilidad de testificar sobre todo cuanto sabe y conoce, más aun teniendo presente que los delitos sexuales, normalmente son consumados en lugares alegados, silenciosos y sin la presencia de testigos. Así a continuación desestimó los argumentos de la apelación con relación la declaración de Osman Bladimir Aguilera Vargas y del médico forense que además de haber emitido su certificado de nacimiento, también corroboró lo indicado en el mismo, en su declaración durante el juicio oral.

Finalmente, en lo que respecta a la falta de una firma en la Sentencia, igualmente se explicaron las razones por las cuales no se precisó la presencia de otro juez convocado para hacer quórum; puesto que, el Tribunal de Sentencia pudo ser conformado conforme a ley con los jueces de Buena Vista, no siendo imprescindible la presencia de otra autoridad, teniendo presente que en el caso, existió uniformidad de criterios y deliberación