Auto Supremo AS/0904/2017-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0904/2017-RRC

Fecha: 20-Nov-2017

que, el agresor envió al baño a sus demás hijos para disimular dicha situación; la


Por Sentencia 33/2016 de 16 de septiembre (fs. 224 a 240 vta.), el Tribunal Tercero de Sentencia del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, declaró a Inocencio Urdininea Dávalos, autor de la comisión del delito de Abuso Deshonesto Agravado, previsto y sancionado por los arts. 312 en relación al 308 y 310 incs. 3) y 4) del CP, imponiendo la pena de seis años de reclusión, al haber concluido que la madrugada del 9 de diciembre de 2012, Inocencio Urdininea Dávalos, aprovechó que su hija (A.U.D.) de dieciséis años de edad, se encontraba durmiendo profundamente con sus otros hijos (luego de trasladar arena) y que la luz estaba apagada, procediendo a realizar actos libidinosos en contra de ella, como meterle la mano dentro de la ropa interior y tocarle las partes íntimas, acciones que una vez consumadas, hicieron despertar a la menor; por lo


que, el agresor envió al baño a sus demás hijos para disimular dicha situación; la menor sin poder volver a conciliar el sueño, al amanecer contó lo sucedido a su madre, denotando el Tribunal de juicio que debe ser considerado el elemento subjetivo del tipo penal de violación como es el dolo, que en el caso en particular concluye que el acusado actuó con conocimiento y voluntad, ya que en principio sabía que la víctima era su hija y que por su grado de instrucción como egresado de una carrera universitaria conocía que no podía realizar ese tipo de acciones como son los actos libidinosos, tocamientos impúdicos, menos en el cuerpo de su hija a quien por normas legales y morales debía cuidar y proteger; sin embargo, pese a ello en reiteradas oportunidades anteriores al hecho se habría demostrado con acciones similares, inadecuadas como era el besarle en la boca, tomarle de la cintura, manosearla, botarla a la cama y echarse encima de ella hasta que sucedió el hecho que motivó la causa