Auto Supremo AS/0908/2017-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0908/2017-RRC

Fecha: 20-Nov-2017

lazo espiritual de compadres le hicieron ingresar al inmueble, para que habite en ambientes en


2.Que la imputada ingresó al citado inmueble cuando Apolinar Moncada Callisaya y Alicia Condori de Moncada eran propietarios, ya que la acusada con sus hijos no tenían un inmueble donde vivir, pero por el


lazo espiritual de compadres le hicieron ingresar al inmueble, para que habite en ambientes en el interior del inmueble conjuntamente sus hijos. Entonces como la acusada ingresó al inmueble como alojada, la parte querellante podía ingresar a su inmueble de manera pacífica cuando veía por conveniente porque tenía las llaves de ingreso de la puerta principal y de los otros cuartos; sin embargo, la acusada aprovechando que Apolinar Moncada Callisaya vivía solo en un ambiente ya que los querellantes en el ejercicio de su derecho real constituido y posesorio le autorizaron para que viva en ese inmueble, procedió a expulsarlo del mismo habiendo abierto violentamente el ambiente donde habitaba Apolinar Moncada sacando todas sus pertenencias para habitar en ese cuarto, procedió a deschapar las puertas de ingreso de los otros cuartos destruyendo las chapas de puerta para inmediatamente ingresar y habitar todos los ambientes del inmueble conjuntamente con sus hijos y para que no ingrese nadie se procedió a cambiar la chapa de la puerta principal de ingreso al inmueble no permitiendo que ingresen los querellantes que tenían su derecho real constituido y estaban en posesión del inmueble a la compra del mismo y tampoco a Apolinar Moncada Callisaya, extremo que disgustó a la parte querellante motivo por el que le indicaron a la imputada que desocupe su inmueble mediante una carta notariada; sin embargo, la parte imputada no desocupó el inmueble, más al contrario cambio las chapas y llaves de ingreso al citado inmueble. Por otro lado, evidenció que la imputada quiso obtener certificaciones que avale esa posesión ilegítima de los vecinos; empero, no se lo entregaron