Juristeca
Juristeca País
    Auto Supremo AS/0909/2017-RRC
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0909/2017-RRC

    Fecha: 20-Nov-2017

    Error al cargar el documento

    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • Por memorial presentado el 9 de septiembre de 2016, cursante de fs
    • I.1. Antecedentes
    • a)Por Sentencia S-29/2015 de 9 de julio (fs
    • I.1.1. Motivo del recurso de casación
    • El recurrente, previa relación de antecedentes señaló que el Tribunal de alzada solo resolvió los
    • I.1.2. Petitorio
    • I.2. Admisión del recurso
    • Mediante Auto Supremo 519/2017-RA de 12 de julio, cursante de fs
    • II.1. De la Sentencia
    • Por Sentencia S-29/2015 de 9 de julio, el Tribunal Quinto de Sentencia de El Alto
    • En el acápite VII de la Sentencia apelada, el Tribunal de mérito estableció los siguientes
    • -Se ha probado que el acusado Espiridión Mamani Quispe a través de la suscripción del
    • -Se ha demostrado que el acusado Espiridión Mamani Quispe como funcionario público aprovechando de las
    • -Se ha demostrado que el acusado Espiridión Mamani Quispe ha causado por su mala administración
    • II.2. De los recursos de apelación restringida
    • Contra la mencionada Sentencia, los imputados Palermo Carapi Cerda y Espiridión Mamani Quispe, interpusieron recursos
    • 2
    • II.3. Del Auto de Vista impugnado
    • En el considerando II, hizo una identificación de los supuestos motivos de los recursos de
    • En el punto 4to del considerando IV del Auto de Vista impugnado, señala resolver el
    • III.1. Respecto a la incongruencia en la resolución de alzada
    • “El art
    • En virtud de este principio de legalidad, los Tribunales del alzada asumen competencia funcional, únicamente
    • El incumplimiento a las normas adjetivas penales referidas precedentemente, por falta de circunscripción del Tribunal
    • III.2. Análisis del caso concreto
    • En el caso de autos el imputado, reclama que el Tribunal de apelación, no había
    • Al respecto, es oportuno señalar que este Tribunal a través del Auto Supremo 210/2015-RRC de
    • En el caso de autos, conforme se destaca en el segundo párrafo del acápite II
    • de Vista 57/2016 de 26 de abril, disponiendo que la Sala Penal Primera del Tribunal
    • A los efectos de lo previsto por el art
    • En aplicación del art
    • Regístrese, hágase saber y cúmplase
    • Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos

    Síguenos en

    Políticas de eliminación | Políticas de privacidad

    © 2026 Juristeca