Tribunal Supremo de Justicia Bolivia Auto Supremo AS/0909/2017-RRC
Fecha: 20-Nov-2017
I.1.2. Petitorio
I.1.2. Petitorio
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Por memorial presentado el 9 de septiembre de 2016, cursante de fs
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I.1. Antecedentes
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a)Por Sentencia S-29/2015 de 9 de julio (fs
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I.1.1. Motivo del recurso de casación
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El recurrente, previa relación de antecedentes señaló que el Tribunal de alzada solo resolvió los
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I.1.2. Petitorio
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I.2. Admisión del recurso
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Mediante Auto Supremo 519/2017-RA de 12 de julio, cursante de fs
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II.1. De la Sentencia
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Por Sentencia S-29/2015 de 9 de julio, el Tribunal Quinto de Sentencia de El Alto
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En el acápite VII de la Sentencia apelada, el Tribunal de mérito estableció los siguientes
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-Se ha probado que el acusado Espiridión Mamani Quispe a través de la suscripción del
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-Se ha demostrado que el acusado Espiridión Mamani Quispe como funcionario público aprovechando de las
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-Se ha demostrado que el acusado Espiridión Mamani Quispe ha causado por su mala administración
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II.2. De los recursos de apelación restringida
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Contra la mencionada Sentencia, los imputados Palermo Carapi Cerda y Espiridión Mamani Quispe, interpusieron recursos
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II.3. Del Auto de Vista impugnado
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En el considerando II, hizo una identificación de los supuestos motivos de los recursos de
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En el punto 4to del considerando IV del Auto de Vista impugnado, señala resolver el
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III.1. Respecto a la incongruencia en la resolución de alzada
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“El art
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En virtud de este principio de legalidad, los Tribunales del alzada asumen competencia funcional, únicamente
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El incumplimiento a las normas adjetivas penales referidas precedentemente, por falta de circunscripción del Tribunal
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III.2. Análisis del caso concreto
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En el caso de autos el imputado, reclama que el Tribunal de apelación, no había
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Al respecto, es oportuno señalar que este Tribunal a través del Auto Supremo 210/2015-RRC de
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En el caso de autos, conforme se destaca en el segundo párrafo del acápite II
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de Vista 57/2016 de 26 de abril, disponiendo que la Sala Penal Primera del Tribunal
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A los efectos de lo previsto por el art
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En aplicación del art
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Regístrese, hágase saber y cúmplase
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Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
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