Auto Supremo AS/1177/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1177/2017

Fecha: 01-Nov-2017

I

I. ANTECEDENTES DEL PROCESO:
I.1.- Sustanciado el proceso en primera instancia el Juez de Instrucción Segundo de aquel tiempo de Guayaramerin-Beni, mediante Sentencia Nº 05/2015 de fecha 23 de octubre de 2015 de fs. 114 a 116 vta., declaró PROBADA en todas sus partes la demanda de fs. 34 a 35 vta., declarando la inexistencia del contrato de compraventa materializado por la Escritura Pública Nº 636/2008 de 15 de diciembre, consiguientemente ordenó la cancelación de la inscripción en Derechos Reales de la Partida computarizada Nº 8022010001862, disponiendo la entrega y restitución a favor de la demandante Dora Bravo Rivera el inmueble que motivó el presente proceso ubicado sobre la calle Oruro, signado con el Código Catastral Nº 1-36-1.1.
I.2.- Apelada la indicada Sentencia por la demandada Miroslava Salinas Orellana y después de varias remisiones y devoluciones del proceso por el trance de la vigencia del nuevo Código Procesal Civil; la Juez Público de Niñez y Adolescencia, Partido del Trabajo y Seguridad Social y de Sentencia Penal Nº 1 de Guayaramerin-Beni, por Auto de Vista Nº 01/2016 de 15 de agosto de 2016 de fs. 154 a 156 vta., CONFIRMÓ la Sentencia, con costas; decisión asumida bajo los siguientes fundamentos