Auto Supremo AS/1247/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1247/2017

Fecha: 04-Dic-2017

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3.- Señala la vulneración de los arts. 3 inc 3) y 4) inc. 4) y 378 del Código de Procedimiento Civil al negarse a recibir el diligenciamiento de pruebas ofrecidas y que el Juez de la causa como director del proceso con suficiente competencia para producir prueba que considere pertinente que permita un mayor esclarecimiento del proceso, no haya producido prueba, toda vez que el Juez A quo determinó que el ofrecimiento de pruebas no se ajustaría al art. 379 del Código de Procedimiento Civil, ante la abundante prueba acompañada a la demanda principal