Auto Supremo AS/1251/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1251/2017

Fecha: 04-Dic-2017

I. ANTECEDENTES DEL PROCESO

VISTOS: El recurso de casación en el fondo y en la forma interpuesto por Celia Ramos Canaza, cursante de fs. 422 a 429, contra el Auto de Vista No. 376 de 25 de Octubre de 2013 de fs. 417 vta., pronunciado por la Sala Civil Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, en la demanda de Fraude Procesal, seguido por Juanito Villegas Canaza contra Celia Ramos Canaza, la concesión fs. 434, la Sentencia Constitucional Plurinacional Nº 0734/2015-S2 de 03 de julio, los antecedentes del proceso y:
I. ANTECEDENTES DEL PROCESO:
La Jueza de Partido Cuarto en lo Civil y Comercial de Santa Cruz, pronunció Sentencia de 20 de junio de 2013 cursante de fs. 394 a 397 vlta., declarando I. PROBADA la demanda interpuesta por Juanito Villegas Canaza en memorial de fs. 33 a 35. En su Mérito se declara lo siguiente: a) Se declara que el trámite del Proceso de Usucapión iniciado y concluido por Celia Ramos Canaza ante el Juzgado 12° de Partido en lo civil, ha sido producto de fraude procesal provocado por dicha demandada. B) Se condena a Celia Ramos Canaza, al pago de daños y perjuicios a establecerse en ejecución de sentencia. II. Se conceda en costas a la demandada Celia Ramos de Canaza