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I.3 Con relación al Recurso de Casación
Transportes Pullman, contra las resoluciones emitidas por el Tribunal de Alzada, dentro la presente causa, presentó Recurso de Casación en el fondo, cursante de fs. 220 a 226, acusando que este Tribunal habría incurrido en los siguientes agravios:
1. Error de hecho en la valoración del acuerdo transaccional que cursa a fs. 26, 57 y 108 y desistimiento de fs. 20, siendo que estos demuestran que al actor se le ha pagado todos sus derechos y beneficios sociales, correspondientes a las gestiones 2006 a 2013, incluyendo la multa del 30% y primas de las dos últimas gestiones. También acusa vulneración de los arts. 154 y 167 del CPT y artículos 271.I del CPC y art. 253.3) del CPC-1975
- VISTOS: El Recurso de Casación en el fondo de fs
- La Sala Social y Administrativa Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, resolvió
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- Explica que el error de hecho, en la valoración del acuerdo transaccional y del memorial
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- Complementa indicando: “…si bien los documentos detallados no tienen el título de balances, estos
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- El referido Recurso de Casación, es contestado en forma negativa por la parte demandada, mediante
- II.1 Fundamentos jurídicos
- Este Tribunal acreditó que a fs
- En la cláusula tercera, se señala que el empleador cancelaría al ex trabajador Bs149
- A fs
- El acuerdo transaccional de fs
- De una revisión minuciosa de la resolución de primera instancia, este Tribunal acreditó que el
- Complementando, el error de hecho en la valoración de la prueba se caracteriza por que
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado
