A fs
A fs. 20 cursa un memorial de fecha 9 de abril de 2014, suscrito por Freddy Rojas Gonzales, en la suma refiere “Desistimiento”, en su desarrollo explica haber firmado un acuerdo transaccional entre partes, siendo esta la razón por la que “desiste de la demanda de re liquidación de beneficios sociales y reintegro”, sin embargo no precisa si su desistimiento se funda en el art. 304 o 305 del CPC-1975, vigente en ese momento, aspecto esencial, en mérito a que existe diferencias sustanciales entre desistimiento del derecho y desistimiento de la acción, situación que fue oportunamente observada por la Autoridad Judicial, mediante decreto de 11 de abril de 2014 de fs. 20 vta. Y que no fue subsanada, consiguientemente no se admitió el referido desistimiento
- VISTOS: El Recurso de Casación en el fondo de fs
- La Sala Social y Administrativa Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, resolvió
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- Explica que el error de hecho, en la valoración del acuerdo transaccional y del memorial
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- Complementa indicando: “…si bien los documentos detallados no tienen el título de balances, estos
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- El referido Recurso de Casación, es contestado en forma negativa por la parte demandada, mediante
- II.1 Fundamentos jurídicos
- Este Tribunal acreditó que a fs
- En la cláusula tercera, se señala que el empleador cancelaría al ex trabajador Bs149
- A fs
- El acuerdo transaccional de fs
- De una revisión minuciosa de la resolución de primera instancia, este Tribunal acreditó que el
- Complementando, el error de hecho en la valoración de la prueba se caracteriza por que
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado
