Auto Supremo AS/0131/2017-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0131/2017-RRC

Fecha: 21-Feb-2017

Ahora bien, del motivo de apelación referido y planteado por el imputado, se establece que


Ahora bien, del motivo de apelación referido y planteado por el imputado, se establece que el mismo denunció falta de fundamentación probatoria; empero, se limitó a transcribir lo expuesto por el Tribunal de mérito en el acápite VI.2 destinado a la valoración de la prueba, refiriendo al final de dicha transcripción que la misma es “inadmisible” para fundar una sentencia condenatoria; lo que implica, que no proporcionó argumentos suficientes para demostrar la presunta falta de fundamentación probatoria, limitándose a citar la norma habilitante –inc. 5) del art. 370 del CPP- para plantear el motivo de apelación restringida, sin identificar la norma inobservada o erróneamente aplicada, que en el caso de autos debió ser los arts. 173 y 124 del CPP, tampoco precisó si en la valoración probatoria, no se cumplió el deber de: i) Asignar el valor a cada elemento de prueba (Valoración intelectiva individual); ii) Justificar las razones por las cuales se otorgó determinado valor; y, iii) Realizar la valoración conjunta de la prueba (Valoración probatoria intelectiva conjunta). Además, conforme a la línea jurisprudencial establecida por este Tribunal Supremo de Justicia por Auto Supremo 354/2014 de 30 de julio, también constituye una falta de fundamentación probatoria, omitir describir la prueba incorporada al proceso y hacer un detalle del contenido de la misma, lo cual se conoce como fundamentación probatoria descriptiva