Auto Supremo AS/0131/2017-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0131/2017-RRC

Fecha: 21-Feb-2017

a)La Sentencia fue dictada sin incurrir en ninguno de los defectos de Sentencia previstos por


La Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, declaró admisible e improcedente la apelación restringida interpuesta, bajo los siguientes fundamentos expuestos en el tercer considerando del Auto de Vista:

a)La Sentencia fue dictada sin incurrir en ninguno de los defectos de Sentencia previstos por el art. 370 del CPP; asimismo, valoró la prueba conforme lo exigido por los arts. 171 y 173 de la norma adjetiva penal; por otro lado, el recurrente fundamentó su apelación de forma genérica en los defectos previstos por los incs. 5) y 6) del CPP, sin expresar los agravios, citar las leyes que considera violadas o erróneamente aplicadas, menos indicar separadamente cada violación; empero, el Ad quem dejó constancia que pese a dichos defectos resolvería el recurso de apelación restringida