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    Auto Supremo AS/0133/2017-RRC
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0133/2017-RRC

    Fecha: 21-Feb-2017

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    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • Por memorial presentado el 18 de julio de 2016, cursante de fs
    • I.1. Antecedentes
    • a) Por Sentencia 128/15 de 11 de diciembre de 2015 (fs
    • b) Contra la mencionada Sentencia, el acusador particular Walter Eleuterio Chura Ayala (fs
    • I.1.1. Motivo del recurso de casación
    • Del memorial del recurso de casación y del Auto Supremo 763/2016-RA de 29 de septiembre,
    • Con el epígrafe de recurso de casación en el fondo, reiterando los fundamentos expuestos en
    • I.1.2. Petitorio
    • I.2. Admisión del recurso
    • De la atenta revisión de los antecedentes venidos en casación, se establece lo siguiente
    • tipificados por los arts
    • b) La prueba de cargo ofrecida por el acusador fiscal y particular, que fue
    • II.2. De la apelación restringida
    • Contra la precitada Sentencia, el acusador particular Walter Eleuterio Chura Ayala y el imputado Eduardo
    • II.3. Del Auto de Vista impugnado
    • III.1. De los precedentes invocados
    • El recurrente invocó en primer término el Auto Supremo 175 de 15 de mayo de
    • También invocó el Auto Supremo 221 de 28 de marzo de 2007, que en su
    • Considerando que ninguna persona puede ser condenada por un hecho distinto al atribuido en la
    • Por último el Auto Supremo 149 de 6 de junio de 2008, que estableció: "El
    • III.2. Principios de congruencia y iura novit curia
    • El principio de congruencia está referido a la imprescindible correspondencia que debe existir en materia
    • En ese contexto, la calificación legal de los hechos investigados precisada en los actos procesales
    • Esta facultad conocida en la doctrina como principio iura novit curia (El juez conoce el
    • También, es importante remarcar que la facultad privativa de realizar la adecuación penal del hecho
    • En esta orientación, resulta útil para fines pedagógicos conocer que incluso posibilitando la aplicación del
    • Por tanto, es plenamente legal realizar la subsunción del hecho en el tipo penal que
    • III.3. Principio de congruencia y su connotación en la parte dispositiva de la Sentencia
    • Sentada como está la facultad del juzgador de establecer el derecho sobre los hechos puestos
    • Este entendimiento, fue expresado en el Auto Supremo 93 de 24 de marzo de 2011,
    • En tal sentido, no puede considerarse como defecto de la Sentencia o que haya contradicción
    • III.4. Sobre la Tentativa
    • Cabe analizar también cuál es la diferenciación en el castigo otorgado a ambos institutos jurídicos;
    • III.5. Congruencia entre la acusación y la Sentencia respecto a la tentativa
    • Ello en razón a que, como se explicó en el Fundamento Jurídico III
    • III.6. Análisis del caso concreto
    • En consecuencia, el sentido jurídico asignado en los precedentes invocados por el recurrente, no es
    • En conclusión, se determina la inexistencia de la contradicción alegada por el recurrente, entre la
    • La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
    • Regístrese, hágase saber y devuélvase
    • Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos

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