Auto Supremo AS/0047/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0047/2017

Fecha: 08-Mar-2017

La entidad recurrente observa que el Auto de Vista impugnado, habría señalado de que el

La entidad recurrente observa que el Auto de Vista impugnado, habría señalado de que el requisito de la convivencia continuada de por lo menos dos años anteriores al fallecimiento del causante, como requisito para la otorgación de la renta de viudedad, no es sólo para la concubina, pretendiendo validar la otorgación de la mencionada renta a favor de Enriqueta Doria Medina Roca vda. de Vargas, sin valorar que se demostró la separación de los cónyuges