Auto Supremo AS/0047/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0047/2017

Fecha: 08-Mar-2017

Por otra parte, la entidad recurrente, alega vulneración al debido proceso e inseguridad jurídica; sin

Por otra parte, la entidad recurrente, alega vulneración al debido proceso e inseguridad jurídica; sin embargo, no fundamenta de qué manera el tribunal de alzada vulneró el debido proceso y en cuál de sus vertientes, menos fundamenta de qué manera el Auto de Vista impugnado crea inseguridad jurídica, habiéndose limitado a hacer alusión al art. 48 de la Constitución Política del Estado (CPE) y art. 15 de la “Ley de Organización Judicial”, el Decreto Supremo (DS) Nº 27066 de 6 de junio de 2003, art. 6 del M.P.R.C.P.A., para concluir señalando que a Enriqueta Doria Medina Roca vda. de Vargas, no le corresponde la renta de viudedad