Auto Supremo AS/0152/2017-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0152/2017-RA

Fecha: 17-Mar-2017

El art


Con relación a la temática planteada invocó como precedentes contradictorios los Autos Supremo 438 de 24 de agosto de 2007, 014 de 6 de febrero de 2013, 438 de 15 de octubre de 2005, 99 de 19 de junio de 2012, 0876/2012 de 20 de agosto, 241 de 30 de septiembre de 2013, 738/2016 de 28 de junio, “484/2012”, 779/2014 de 19 de diciembre. Además de las Sentencias Constitucionales 1414/2013 de 16 de agosto, 0140/2012 de 9 de mayo, “731/2010 y 450/2012”.

III. REQUISITOS QUE HACEN VIABLE LA ADMISIÓN DEL RECURSO DE CASACIÓN

El art. 180.II de la CPE, garantiza el principio de impugnación en los procesos judiciales, que se constituye a su vez en una garantía judicial conforme lo determinan los arts. 8.2 inc. h) de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y 14.5 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos; debiendo los sujetos procesales, a tiempo de interponer los distintos recursos que la norma adjetiva prevé, observar las condiciones de tiempo y forma establecidas por la ley conforme la disposición contenida en el art. 396 inc. 3) del CPP