Juristeca
Juristeca País
    Auto Supremo AS/0157/2017-RA
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0157/2017-RA

    Fecha: 17-Mar-2017

    Error al cargar el documento

    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • Por memorial presentado el 24 de noviembre de 2016, cursante de fs
    • De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
    • b) Contra la mencionada Sentencia, el imputado Genoario Cruz León, interpuso recurso de apelación restringida
    • c) Notificado el recurrente con la Complementación del referido Auto de Vista, el 17 de
    • De la revisión del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
    • 2) Denuncia la vulneración al principio de taxatividad e inobservancia de la previsión de los
    • 3) Alega que el Tribunal de alzada, no cumplió a cabalidad su obligación de “ejercer
    • 4) Refiere que en apelación restringida denunció la defectuosa valoración de la prueba en la
    • Respecto al Auto de Vista impugnado señala que, al haber declarado improcedente su recurso de
    • En conclusión se denuncia la errónea aplicación de los arts
    • 5) El recurrente refiriéndose a la “Sentencia impugnada” (sic), sostiene que en esta se determina
    • Al respecto, señala que el Tribunal de alzada actuó implicando, inobservando y contradiciendo los Autos
    • 6) El recurrente, reiterando su denuncia de que el Tribunal de Sentencia se basó en
    • Con dichos antecedentes se hubiese obrado en contradicción a los Autos Supremos invocados en los
    • El art
    • En este contexto, el art
    • i) Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación
    • ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
    • iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
    • El precepto legal contenido en el citado art
    • Respecto de los demás requisitos de admisibilidad, se tiene que en los motivos primero y
    • Al respecto, se tiene que el recurrente cumple con la previsión de los arts
    • Con relación a los motivos cuarto, quinto y sexto, referidos a la denuncia de: i)
    • La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
    • Regístrese, hágase saber y cúmplase
    • Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos

    Síguenos en

    Políticas de eliminación | Políticas de privacidad

    © 2026 Juristeca