Auto Supremo AS/0157/2017-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0157/2017-RA

Fecha: 17-Mar-2017

La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art


Al respecto se tiene que el recurrente en estos tres últimos motivos de su recurso de manera similar en la argumentación de sus agravios se enfoca a efectuar observaciones a los presuntos defectos de la Sentencia limitándose a señalar que el Auto de Vista no hubiese efectuado la revisión del fondo de su recurso, sin expresar en concreto cuales serían las contradicciones en las que hubiese incurrido el Tribunal de alzada a tiempo de pronunciar el fallo motivo de análisis, lo mismo ocurre en la invocación de los precedentes contradictorios en lo que únicamente se realiza la cita o en su caso una pequeña transcripción de estos sin efectuar el contraste con el Auto de Vista recurrido; consiguientemente, los presentes motivos devienen en inadmisibles.

POR TANTO

La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art. 418 del CPP, declara ADMISIBLE el recurso de casación formulado por Genoario Cruz León, de fs. 374 a 384, únicamente en cuanto a los motivos primero y segundo del recurso de casación identificados en el acápite II de la presente resolución. Asimismo, en cumplimiento del mencionado artículo en su segundo párrafo, dispone que por Secretaría de Sala se haga conocer a las Salas Penales de los Tribunales Departamentales de Justicia del Estado Plurinacional, mediante fotocopias legalizadas, el Auto de Vista impugnado y el presente Auto Supremo