i) Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación
Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos prescritos en los arts. 416 y 417 del citado cuerpo legal, cuales son:
i) Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación con el Auto de Vista impugnado o en su caso con el Auto de Complementación, ante la Sala que emitió la resolución impugnada
- Por memorial presentado el 24 de noviembre de 2016, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b) Contra la mencionada Sentencia, el imputado Genoario Cruz León, interpuso recurso de apelación restringida
- c) Notificado el recurrente con la Complementación del referido Auto de Vista, el 17 de
- De la revisión del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
- 2) Denuncia la vulneración al principio de taxatividad e inobservancia de la previsión de los
- 3) Alega que el Tribunal de alzada, no cumplió a cabalidad su obligación de “ejercer
- 4) Refiere que en apelación restringida denunció la defectuosa valoración de la prueba en la
- Respecto al Auto de Vista impugnado señala que, al haber declarado improcedente su recurso de
- En conclusión se denuncia la errónea aplicación de los arts
- 5) El recurrente refiriéndose a la “Sentencia impugnada” (sic), sostiene que en esta se determina
- Al respecto, señala que el Tribunal de alzada actuó implicando, inobservando y contradiciendo los Autos
- 6) El recurrente, reiterando su denuncia de que el Tribunal de Sentencia se basó en
- Con dichos antecedentes se hubiese obrado en contradicción a los Autos Supremos invocados en los
- El art
- En este contexto, el art
- i) Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Respecto de los demás requisitos de admisibilidad, se tiene que en los motivos primero y
- Al respecto, se tiene que el recurrente cumple con la previsión de los arts
- Con relación a los motivos cuarto, quinto y sexto, referidos a la denuncia de: i)
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
