Auto Supremo AS/0234/2017-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0234/2017-RRC

Fecha: 21-Mar-2017

En el caso de autos, conforme a lo descrito en el acápite II


En el caso de autos, conforme a lo descrito en el acápite II.3 de la presente resolución, el Tribunal de apelación en el cuarto considerando, concluyó que el Tribunal de mérito incurrió en los defectos de Sentencia previsto en el art. 370 incs. 1) y 6) del CPP, conclusión a la que llegó con base a las siguientes declaraciones: i) Jesús Mauricio Oros Saucedo, la cual el Ad quem considera clara y precisa, al individualizar a Ramiro Aguirre Salazar como la persona que correteó a la víctima con un palo en mano y utilizó un vehículo, ii) Katherine Ramírez Vinaya, quien a decir del Ad quem, es otro testigo clave, pues sería quien identifica e individualiza al referido imputado, como la persona que conducía el vehículo con placa 2451-IID y sería quien recogió más gente de la calle N° 1 para agredir a la víctima; y, iii) Roberto Colque Alvarado, que corroboraría la segunda declaración, señalando que se identificó al autor de los hechos como Ramiro Aguirre; declaraciones que sirven al Ad quem, para afirmar que la conducta típica, antijurídica, culpable y por tanto punible del mencionado imputado, se configuraría en el delito de Homicidio, tipificado por el art. 251 del CP