La denuncia efectuada por el recurrente, da a conocer el hecho de no haber sido
III.2. Análisis del caso concreto.
La denuncia efectuada por el recurrente, da a conocer el hecho de no haber sido notificado con la disposición que señala la audiencia de fundamentación y complementación del recurso de apelación restringida por el Tribunal de apelación, en virtud a que esta diligencia fue efectuada en un domicilio procesal incorrecto; aspecto que, ante el reclamo realizado hubiere sido admitido por la Oficial de Diligencias del Juzgado de Sentencia de Yacuiba; en ese sentido, corresponde acudir al análisis de los antecedentes del proceso y en tal cometido se advierte, que ante el planteamiento del recurso de apelación restringida por parte del acusador particular y absuelto el traslado por el imputado, el Juzgado de Sentencia en lo Penal de Yacuiba, remitió el recurso y antecedentes al Tribunal de alzada; luego de su radicatoria en la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, mediante decreto de 26 de julio de 2016, de fs. 76, dispuso el señalamiento de audiencia de fundamentación para el 9 de agosto de 2016 a horas 8:30; al mismo tiempo, ordenó la emisión de la Nota Cite: 713/2016 SDS de 27 de julio, dirigida al Juzgado de origen de Yacuiba, para la notificación de las partes, señalando en dicha nota expresamente los domicilios procesales
- I.1. Antecedentes
- a) Por Sentencia 12/2016 de 3 de mayo (fs
- b) Contra la mencionada Sentencia, el acusador particular interpuso recurso de apelación restringida (fs
- I.1.1. Motivo del recurso de casación
- Del memorial de recurso de casación y del Auto Supremo 856/2016-RA de 31 de octubre,
- El recurrente arguye la nulidad de notificaciones con la fijación de la audiencia de fundamentación
- El recurrente solicita la admisión del recurso de casación y deliberando en el fondo, se
- I.2. Admisión del recurso
- Mediante Auto Supremo 856/2016-RA de 31 de octubre, cursante de fs
- De la atenta revisión de los antecedentes venidos en casación, se tiene lo siguiente
- Por Sentencia 12/2016 de 3 de mayo, el Juez Primero de Sentencia en lo Penal
- La prueba documental resultó insuficiente para crear en el juzgador la convicción del ejercicio efectivo
- II.2. Del recurso de apelación restringida
- El acusador particular Heibert Vilte Murillo, denunció: a) Error en la valoración de la prueba
- II.3. Del Auto de Vista impugnado
- En el presente caso, el recurrente denuncia la nulidad de notificaciones con la fijación de
- III.1. En cuanto al debido proceso y la audiencia de fundamentación
- La Constitución Política del Estado reconoce y garantiza la aplicación del debido proceso al constituirse
- Dentro de la estructura de recursos, se tiene la apelación restringida, que es planteada contra
- También debe tenerse en cuenta, que en la señalada audiencia de fundamentación, los integrantes del
- En esa línea de análisis, si el Tribunal de alzada pese a la presentación de
- Por su parte, el Auto Supremo 61 de 27 de enero de 2007, estableció que
- La denuncia efectuada por el recurrente, da a conocer el hecho de no haber sido
- Del Acta de audiencia de fs
- Esta secuencia procedimental denota las siguientes deficiencias vinculadas a la denuncia que se analiza; en
- Al respecto, corresponde tener presente que de acuerdo a lo dispuesto por la norma procesal
- Asimismo, se tiene que el Juzgado de Yacuiba, consideró cumplida la diligencia encargada y remitió
- Las irregularidades observadas referentes a la errónea notificación al acusador particular con la fecha de
- Para fines del art
- En aplicación del art
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
