Tribunal Supremo de Justicia Bolivia Auto Supremo AS/0248/2017
Fecha: 09-Mar-2017
Distrito: La Paz
Distrito: La Paz
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Proceso: Mejor derecho de propiedad, reivindicación y acción negatoria
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Distrito: La Paz
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I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
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Resoluciones que puestas en conocimiento de las partes, dio lugar a que Juan Nina Quispe,
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En mérito a estos antecedentes, la Sala Civil Segunda del Tribunal Departamental de Justicia emitió
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De igual forma, el citado Tribunal de Alzada, ante la solicitud de aclaración y enmienda
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Resoluciones que dieron lugar al Recurso de Casación interpuesto por Elena Prudencio “Quino” que se
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II. DEL CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACIÓN
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Acusan que el Tribunal de Alzada dictó el Auto de Vista sin que se haya
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Del mismo modo, acusan la violación de los parágrafos I, II y III del art
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Que en cumplimiento del art
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Por lo expuesto solicita se anule el Auto de Vista impugnado y se declare ejecutoriada
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De la respuesta al recurso de casación
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La parte actora, mediante memorial de fs
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Que tampoco cumpliría con los requisitos de procedencia inmersos en el art
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Por lo expuesto solicitan se rechace el Recurso de Casación por no contener expresión de
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Sin embargo sin dar por subsanadas las observaciones expuestas supra, señalan que lo expuesto por
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Que sus personas interpusieron el recurso de apelación de fs
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Por lo expuesto solicita se declare infundado el recurso de casación y sea con la
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De igual forma, corresponde citar la doctrina jurisprudencial desarrollada por este Tribunal Supremo de Justicia
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(b) La que postula un alejamiento de la estructura orgánica del acto, pero que no
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Por otro lado, la Revista Bolivia de Derecho “Iuris Tantum” en el artículo de Felipe
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II
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III
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La ineficacia que genera la nulidad afecta al propio acto defectuoso, pero también a aquellos
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La expansión de la nulidad a otros actos tiene, sin embargo, un importante contrapeso en
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Respecto a las nulidades procesales, diferentes autores también establecieron que el efecto de la nulidad
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Es importante destacar los efectos que emanan de la declaración de nulidad de un acto
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Sería lógico pensar que la nulidad de un acto, necesariamente no tiene por qué afectar
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De lo expuesto concluiremos señalando que la nulidad de un acto procesal no implica la
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IV. FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
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En razón a lo expuesto, resulta pertinente realizar las siguientes precisiones que emergen de la
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Dicha Resolución, en virtud a la solicitud de complementación interpuesta por Elena y Marcia Prudencio
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Sin embargo, ante la interposición del Recurso de Apelación de la parte actora (fs
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En razón a dichos antecedentes, el expediente retomó al juzgado de origen, empero el Juez
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En esa sucesión de datos, se advierte que tanto la parte actora como las demandadas
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De estas precisiones podemos inferir claramente, que el Auto de Vista Nº S 452/2006 de
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Ahora, si bien resulta evidente que mediante Auto de Reposición de fs
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Consiguientemente se concluye que las acusaciones expuestas en el recurso de Casación no resultan ser
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Por las razones expuestas, corresponde emitir fallo conforme lo prevé el art
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POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
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Regístrese, comuníquese y devuélvase
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Relatora: Mgda. Dra. Rita Susana Nava Durán.
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