Auto Supremo AS/0248/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0248/2017

Fecha: 09-Mar-2017

Sería lógico pensar que la nulidad de un acto, necesariamente no tiene por qué afectar

Sería lógico pensar que la nulidad de un acto, necesariamente no tiene por qué afectar la nulidad de otros actos del proceso, sobre todo si éstos no contienen vicios. No obstante, en el iter del proceso, ciertos actos dependen de aquel que le precede, a tal extremo que la nulidad del acto viciado, necesariamente afecta la validez de los actos posteriores que dependen del acto viciado