Auto Supremo AS/0328/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0328/2017

Fecha: 30-Mar-2017

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4.- Que el art. 15 en concordancia con el 336-1) y 337 del CPC establecerían las cuestiones de competencia, por el principio de disponibilidad debiera recurrirse a lo previsto por el art. 336-1) de la norma referida, concluyendo que al no existir ello se hallaba limitado el juzgador en su obrar, y habría admitido competencia