Auto Supremo AS/0328/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0328/2017

Fecha: 30-Mar-2017

I. ANTECEDENTES DEL PROCESO

Proceso: Nulidad.
Distrito: Chuquisaca.
VISTOS: El recurso de casación de fs. 1212 a 1215 vta., formulado por Bruno Huarita Llanos y Sergio Santiago Zurita Zeballos, contra el Auto de Vista Nº 078/2016 de 28 de marzo de 2016 de fs. 1206 y vta., pronunciado por la Sala Civil y Familiar Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, en el proceso de Nulidad, seguido por Bruno Huarita Llanos y otros contra Viviana Zeballos Saavedra y otros, respuesta de fs. 1220 a 1221 vta; concesión de fs. 1222, y:
I. ANTECEDENTES DEL PROCESO:
El Juez Primero de Partido en lo Civil y Comercial de Sucre, dictó Auto Definitivo de fecha 4 de noviembre de 2015 cursante a fs. 1183, por el que DECLINA competencia para conocimiento, tramitación y resolución del asunto por razón de materia al Juzgado de Partido de Familia de Turno de la Capital, para que una vez definida el carácter ganancialicio mencionado, recién se aborde la cuestión civil, de conformidad con el art. 143 num. 5) en el acápite y otros que les corresponda, de acuerdo con el Código de Familia de la Ley Nº 1455, Ley de Organización Judicial, en relación a los arts. 102 y 373 num. 1 inc. h) y 366 del Código de Familia. Disponiendo se remita antecedentes ante el Juzgado de Partido de Familia de Turno de la Capital