Auto Supremo AS/0251/2017-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0251/2017-RRC

Fecha: 10-Abr-2017

a)Por Sentencia 55/2015 de 27 de noviembre (fs


I. DEL RECURSO DE CASACIÓN

I.1. Antecedentes.

a)Por Sentencia 55/2015 de 27 de noviembre (fs. 41 a 43), el Juez Quinto de Instrucción en lo Penal y Cautelar del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, en procedimiento abreviado declaró a los imputados Celso Sausa Serrano, Raúl Michel Díaz y Boris Salinas Barrientos, autores de la comisión del delito de Almacenaje, Comercialización y Compra Ilegal de Diesel Oíl, Gasolina y Gas Licuado de Petróleo, previsto y sancionado por el art. 226 Bis del CP, imponiendo la pena de tres años de reclusión; asimismo, dispuso la confiscación definitiva de un camión Nissan Cóndor, color blanco con francas naranjas, modelo 1994, “placa de control LCY” y 228 garrafas, todas llenas y con precintos de seguridad, conteniendo Gas Licuado de Petróleo, disponiendo su entrega a favor del Estado, debiendo las garrafas y su contenido ser comercializadas en forma inmediata, respecto a los demás bienes se los entregue a Dircabi para su administración y registro; y, concluido ello se proceda a la entrega de tales a favor y propiedad de Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos (YPFB). Respecto al imputado Boris Salinas Barrientos al ser representante de Multi Gas, como Empresa que facilitó la adquisición ilegal y conocer de la consecuencia jurídica, dispone la revocatoria definitiva de su licencia; además, al no exceder la sanción de tres años, otorgó el beneficio de la suspensión condicional de la pena a favor de los tres imputados previo cumplimiento de las condiciones y reglas que dispuso