Luego de dichos fundamentos, se concluyó que el Auto de Vista recurrido, contradijo la doctrina
Luego de dichos fundamentos, se concluyó que el Auto de Vista recurrido, contradijo la doctrina legal invocada por los imputados recurrentes de casación, esencialmente referida a los alcances de la calificación del delito conforme al Código adjetivo penal, a los criterios a observarse a tiempo de calificar los hechos a un determinado tipo penal y a la obligatoriedad de los Juzgadores de observar el principio de legalidad, por el cual la tarea de subsunción de la conducta, debía demostrar debidamente, el encuadramiento perfecto de las conductas tachadas de antijurídicas en el marco descriptivo de la ley penal (Autos Supremos 329 de 29 de agosto de 2006, 431 del 11 de octubre de 2006 y 315 de 25 de agosto de “20060”)
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- 2)Por lo expuesto, el Juez Cautelar llega a la conclusión que el relato fáctico anterior
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- III.2. Análisis del caso planteado
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- Luego de dichos fundamentos, se concluyó que el Auto de Vista recurrido, contradijo la doctrina
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