Planteado el recurso de apelación restringida por el acusado Boris Salinas Barrientos, previo memorial de
Planteado el recurso de apelación restringida por el acusado Boris Salinas Barrientos, previo memorial de subsanación, al que se adhirieron Celso Sausa Serrano y Raúl Michel Díaz, la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, los rechazó por inadmisibles, con los siguientes fundamentos:
a)Luego de referirse a los antecedentes del proceso y a la presentación del recurso de apelación restringida dentro del plazo legal, concluyó que Boris Salinas Barrientos impugnante de apelación, a través de la Sentencia 55/2015 de 27 de noviembre, pronunciada en procedimiento abreviado por el Juzgado Quinto de Instrucción en lo Penal, fue declarado junto a los co-procesados Celso Sausa Serrano y Raúl Michel Díaz, autor de la comisión de los delitos de Almacenaje, Comercialización y Compra Ilegal de Diesel Oíl, Gasolina y Gas Licuado de Petróleo, imponiéndole la pena de tres años de privación de libertad, siendo concedido el beneficio de Suspensión Condicional de la Pena. Por otro lado, como consta en el acta de la lectura a la parte conclusiva de la merituada Sentencia y al final de la misma, tanto la representación del Ministerio Público, la abogada de la ANH, así como el abogado de la defensa, hicieron renuncia al derecho que tienen de acudir en apelación; motivo por el cual el Juez de mérito, declaró expresamente la ejecutoria de la Sentencia; en consecuencia, la manifestación expresa y voluntaria plasmada en el acta, comprende que los partes declinaron su derecho a la apelación restringida que de acuerdo a ley tenían el plazo de quince días hábiles para impugnarla; empero, como se tiene dicho, prefirieron otra alternativa prevista por el art. 131 del CPP, para poner fin al conflicto jurídico
- El amparo constitucional interpuesto contra el Auto Supremo 718/2016-RRC de 19 de septiembre y el
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- Bajo el título: “VIOLACION DEL DERECHO DE IMPUGNACION, ILEGAL CONVALIDACION DE SENTENCIA E INOBSERVANCIA DEL
- I.1.2. Petitorio
- Los recurrentes solicitan que luego del trámite de ley, la Sentencia y el Auto de
- I.2. Admisión del recurso
- II.1. De la Sentencia
- Como efecto del requerimiento conclusivo de aplicación del procedimiento abreviado, fundamentado en audiencia de 27
- Según el testigo Marcelo Vargas Villanueva, que además es funcionario de la ANH, el chofer
- 2)Por lo expuesto, el Juez Cautelar llega a la conclusión que el relato fáctico anterior
- Luego de dicho razonamiento, el Juez de Instrucción en lo Penal, impuso la pena sujeta
- "al haber renunciado al recurso de apelación se declara la ejecutoria de la sentencia y
- II.2. Del Auto de Vista impugnado
- Planteado el recurso de apelación restringida por el acusado Boris Salinas Barrientos, previo memorial de
- b)En cuanto a los memoriales de adhesión al memorial principal de apelación restringida, presentados por
- Por lo expuesto, siendo que la Sentencia recurrida se encuentra ejecutoriada, no existe razón para
- Los recurrente denuncian que el Tribunal de apelación, pretendiendo convalidar la ejecutoria del fallo, fundamentó
- III.1. Sobre el Auto Constitucional JPF2 Nº 0022/2017 de 16 de febrero
- III.2. Análisis del caso planteado
- En el recurso de casación sujeto al presente análisis, se tiene que la parte impugnante
- Luego de dichos fundamentos, se concluyó que el Auto de Vista recurrido, contradijo la doctrina
- En este sentido, siendo un acto voluntario (renuncia) del titular del derecho y consiguientemente, libre
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
