Auto Supremo AS/0259/2017-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0259/2017-RRC

Fecha: 17-Abr-2017

Precisando el motivo de casación en el preámbulo del acápite III del presente fallo, conforme


Precisando el motivo de casación en el preámbulo del acápite III del presente fallo, conforme se precisó en los antecedentes procesales vinculados al recurso, ante la emisión de la sentencia absolutoria en favor de la imputada, el acusador particular formuló recurso de apelación restringida alegando que la sentencia incurrió en los defectos del art. 370 incs. 4), 5) y 6) del CPP, ya que no habría incorporado en la valoración, la prueba de cargo signada como A-2 que había sido introducida a juicio de manera legal; toda vez, que fue propuesta por ambas partes y nadie pidió su exclusión probatoria, concurriendo a su criterio, una defectuosa valoración de la prueba, sin considerar que la referida prueba acreditaría fehacientemente el reconocimiento de la acusada de haber recibido de otra persona su dinero y comprometido a devolvérselo por ser su persona el dueño y no justificar por qué no lo hizo reteniéndolo, adecuándose la conducta de la acusada al tipo penal inserto en el art. 345 del CP; puesto que, habría retenido su dinero que recibió de Alex Zurita, pero que después de saber que eran suyos en agosto de 2010 se comprometió a devolverle y no lo hizo, incurriendo la sentencia a su criterio, en inobservancia o errónea aplicación de la ley sustantiva, que no exista fundamentación o que sea insuficiente o contradictoria e inobservancia de las reglas relativas a la congruencia entre la sentencia y la acusación