La parte recurrente invoca el Auto Supremo 369/2014 de 8 de agosto, que fue pronunciado
III. VERIFICACIÓN DE LA EXISTENCIA DE CONTRADICCIÓN Y DE VULNERACION A DERECHOS Y GARANTIAS CONSTITUCIONALES
En el presente caso conforme se desprende del auto de admisión, esta Sala Penal admitió el recurso de casación formulado por el imputado precisando respecto al primer motivo alegado que se abocaría a efectuar la labor de contraste con el Auto Supremo 369/2014 de 8 de agosto a los fines de establecer si el Tribunal de alzada no aplico el control de legalidad sobre las pruebas que llevaron a adecuar la conducta del acusado, además de verificar si se vulneró el debido proceso y el derecho a la defensa, ante el cuestionamiento del recurrente en sentencia de que no fuese legal la modificación de la calificación jurídica contenida en la acusación sin que pueda defenderse; por ello, efectuada esa necesaria puntualización, corresponde resolver ambas problemáticas.
III.1.Sobre el control de logicidad de las pruebas.
La parte recurrente invoca el Auto Supremo 369/2014 de 8 de agosto, que fue pronunciado dentro de un proceso penal seguido por el delito de Abuso de Confianza; Auto de Vista que fue dejado sin efecto al evidenciarse que el Tribunal de apelación, no ejerció su función de control de verificación de la correcta fundamentación probatoria efectuada en la Sentencia, incumpliendo con su labor de verificación del iter lógico en la valoración de la prueba, en vulneración al derecho a la defensa invocado por el recurrente, situación por la que el Tribunal de alzada debía ejercer su deber de control a través de una Resolución debidamente fundamentada, conforme se estableció en el Fundamento Jurídico III.2.1 de este Auto Supremo
- Por memorial presentado el 29 de septiembre de 2016, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Del memorial del recurso de casación y del Auto Supremo de admisión 892/2016-RA de 14
- 2)El Auto Vista impugnado, vulnera el debido proceso en su componente falta de fundamentación
- I.1.2. Petitorio
- El recurrente solicita se deje sin efecto el Auto de Vista, estableciéndose la doctrina legal
- I.2. Admisión del recurso
- De la atenta revisión de los antecedentes venidos en casación se concluye lo siguiente
- Contra la referida Sentencia, el imputado formuló recurso de apelación restringida que es desarrollada sólo
- 2)Alega que la Sentencia se basa en la inobservancia de las reglas relativas a la
- II.3. Auto de Vista
- i
- ii
- La parte recurrente invoca el Auto Supremo 369/2014 de 8 de agosto, que fue pronunciado
- Ahora bien, toda vez que el precedente invocado contiene hechos similares al denunciado vía recurso
- El recurrente alega que, no es legal modificar la calificación jurídica contenida en la acusación
- De la revisión del Auto de Vista, se evidencia que el Tribunal de alzada, luego
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
