Por memorial presentado el 29 de septiembre de 2016, cursante de fs
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 263/2017-RRC
Sucre, 17 de abril de 2017
Expediente : Chuquisaca 34/2016
Parte Acusadora : Ministerio Público
Parte Imputada : Genaro Canasi Viracocha
Delito : Abuso Sexual
Magistrada Relatora: Dra. Norka Natalia Mercado Guzmán
RESULTANDO
Por memorial presentado el 29 de septiembre de 2016, cursante de fs. 438 a 447 vta., Genaro Canasi Viracocha, interpone recurso de casación, impugnando el Auto de Vista 292/2016 del 12 de septiembre, de fs. 341 a 349 vta., pronunciado por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, conformada por los vocales Iván Sandoval Fuentes y M. Sandra Molina V., dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público y la Defensoría de la Niñez y Adolescencia de Sopachuy contra el recurrente, por la presunta comisión del delito de Abuso Sexual, previsto y sancionado por el art. 312 del Código Penal (CP)
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 263/2017-RRC
Sucre, 17 de abril de 2017
Expediente : Chuquisaca 34/2016
Parte Acusadora : Ministerio Público
Parte Imputada : Genaro Canasi Viracocha
Delito : Abuso Sexual
Magistrada Relatora: Dra. Norka Natalia Mercado Guzmán
RESULTANDO
Por memorial presentado el 29 de septiembre de 2016, cursante de fs. 438 a 447 vta., Genaro Canasi Viracocha, interpone recurso de casación, impugnando el Auto de Vista 292/2016 del 12 de septiembre, de fs. 341 a 349 vta., pronunciado por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, conformada por los vocales Iván Sandoval Fuentes y M. Sandra Molina V., dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público y la Defensoría de la Niñez y Adolescencia de Sopachuy contra el recurrente, por la presunta comisión del delito de Abuso Sexual, previsto y sancionado por el art. 312 del Código Penal (CP)
- Por memorial presentado el 29 de septiembre de 2016, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Del memorial del recurso de casación y del Auto Supremo de admisión 892/2016-RA de 14
- 2)El Auto Vista impugnado, vulnera el debido proceso en su componente falta de fundamentación
- I.1.2. Petitorio
- El recurrente solicita se deje sin efecto el Auto de Vista, estableciéndose la doctrina legal
- I.2. Admisión del recurso
- De la atenta revisión de los antecedentes venidos en casación se concluye lo siguiente
- Contra la referida Sentencia, el imputado formuló recurso de apelación restringida que es desarrollada sólo
- 2)Alega que la Sentencia se basa en la inobservancia de las reglas relativas a la
- II.3. Auto de Vista
- i
- ii
- La parte recurrente invoca el Auto Supremo 369/2014 de 8 de agosto, que fue pronunciado
- Ahora bien, toda vez que el precedente invocado contiene hechos similares al denunciado vía recurso
- El recurrente alega que, no es legal modificar la calificación jurídica contenida en la acusación
- De la revisión del Auto de Vista, se evidencia que el Tribunal de alzada, luego
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
